Manuscritos Inicio

Facsimilar Presentación
MEXICANO 239

 

TRANSCRIPCION

 

{f.a}

 

 

{En el margen superior izquierdo un sello con  leyenda y número}

 

MEXICANO

239

 

{Al centro, en cuadrete  la leyenda}

 

Manuscrito un cuaderno en folio, 19 páginas

 

Documento sobre la empresa del canal de Huehuetoca

 

No. 239.

 

 

Volumen de 9 hojas  más la hoja I preliminar

24 de septiembre de 1898

 

 

 

{f.00b}

 

{en blanco}

 

{f.000c}                                                                                                       I

{19 hojas}

 

Extracto general

 

De los valores y gastos q[u]e han tenido las rentas del desague de Hue[hue]toca desde 28 de noviembre de 1607,  en que se principió esta obra hasta fin de diciembre de 1777, con adiccion de lo respectivo a los años de 1778,  y [1]779,  y una relación sucinta  de las ynundaciones q[u]e  han  infestado la ciudad de México desde su  fundación, providencias dadas sobre todo, y otras noticias  conducentes  a la  ma[y]or  instrucción de los asuntos del ramo

 

 

{Rúbrica}

{Sello de la Biblioteca Nacional}

{Sello de la colección de Eugene Goupil,  al centro número 239}

 

{En el margen inferior derecho un sello en cuadrete con el número 336}

 

{f.00d}

 

{en blanco}

 

{f.1r}                                                                                                        1                                                                                                                   

 

Relación sucinta de las ynundaciones generales que han venido  sobre la ciudad de Mexico  desde su fundación:  Situaciones que han  costado los reparos, y  preservativos hechos de sus resultas:  Erección del desague  de Huehuetoca,  sus rentas  y repartimientos,  progresos de estas,  y estado  en que se hallaban a fin del año de 1777,  todo para ilustrar el extracto adjunto de los valores y gastos  que han tenido  las imposiciones del apuntado desague  desde 28, de noviembre  de 1607,  que se puso por obra,  hasta 31. de diciembre  del  referido 1777.

 

1.         Temixtitan, hoy Mexico,  ciudad principal,  y cabecera del  ymperio mexicano;   fue  fundada  el  año  de 1322,  sobre chinampas,  o camellones  de tierra portatil,  en laguna espaciosa,  cuyo suelo se mejoró  después,  hasta   hacer calles  de tres formas, de aguas,   de  agua  y tierra,  y de tierra  sola, de que se infiere  quan débil es su planicie,  y  quan   dispuesta   a  la trasminación del agua  por la flojedad,  y poca  union de la tierra.

 

2.                 Hallase al presente con numerosos edificios, de cuya  conservacion  contribuye  la humedad de siete azequias que la rodean,  y traspasan, siendo también receptáculo de inmundicias,  y  de las aguas  llubias que caen  en la ciudad,  cuyas  corrientes  van  a salir a la laguna  de S[a]n  Lazaro por otras  tantas compuestas  que tiene su albarrada, traginando  por aquellas gran numero de canoas con bastimentos  de los lugares inmediatos,  en que se mantiene  mucha gente  con utilidad de todo el vezindario.

 

3.                 Como esta ciudad es la mas baxa parte de 70. leguas en contorno,  han ocurrido  a su laguna  todas las aguas 

 

{f.1v}

 

de los rios,  montes,  y serranias que la siñen,  causa por[qu]e fue  siempre  propensa a inundaciones.

 

4.                 Estas provienen segun enseña la experiencia de lluvias  continuadas,  siendo el enemigo más poderoso las lluvias del norte  que desienden  de las llanuras de Pachuca,  y rio de Hualtitan  a la laguna de Zumpango, y de esta a la de San Christoval Ecatepec,  entrando  todas en la de San Lazaro,  o Tescuco,  cuyo  vaso,  por no ser capaz  de encerrar  tal conjunto  de aguas,  derrama el sobrante  en esta ciudad  inundandola,  con grande perdida de vidas y caudales.

 

5.                 Ocho inundaciones grandes ha padecido  esta ciudad desde su fundación,  y en todas se ha visto  anegada,  de manera q[u]e  no podia  andarse,  sino  en canoas,  o barquillas.

 

6.                 Las dos primeras acahesieron  en la gentilidad,  por el tiempo de Moctezuma  quinto  Rey,  y primero de este nombre,  de Ahuitzol  Rey  octavo,  y del ultimo  Moctezuma  Emperador,  las quales  fueron  tan grandes,  fuertes,  y violentas  que destruyeron  muchos edificios,  por lo que se intentó  mudar la ciudad  con el auxilio de los yndios  comarcanos se reparó el daño,  e hicieron  varias obras,  de que la principal  en lo preservativo fué el albarradón que para por delante de los Baños del Peñol, con que se dividió  la laguna de Mexico, o San Lazaro,  fabricado  de madera,  y piedra,  el qual  se halla hoy  arruinado.

 

7.                 Después  que por el año de 1521, se unieron a la

 

 

 

{f.2r}                                                                                                        2               

 

Corona de Castilla estas provincias, con el nombre de Reyno de Nueva España,  por medio de su conquistador D[o]n Fernando Cortes: el señor D[o]n  Antonio de Mendoza,  primer Virrey  noticiosos de d[ic]has  inundaciones,  mandó  declarasen  los yndios  viejos  de aquel tiempo,  que parecieron  mas a proposito,  el modo con que los gentiles se havían manejado en semejantes casos, y de esta ynformación  consta,  que  nunca hallaron  camino de desague,  y que  el Emperador Moctezuma, y sus antecesores,  durante  la temporada  de lluvias, se  retiraban  hasta Tescoco,  para  livertarse  de todo peligro.

 

8.                 La quarta inundación fué por el año  de 1553, gobernando el s[eñ]or  D[o]n  Luis de Velasco segundo Virrey, y primero de este nombre, en cuyo tiempo se hizo la grande obra de la albarrada de San Lazaro. Continuaron las lluvias tanto que no dieron  lugar al principio de una Yglesia  Catedral  Metropolitana, que por  r[ea]l  cedula dada  en Monzón de Aragon  a 28  de agosto  de 1552,  se mandó  fabricar con  siete  naves,  las que despues  se pusieron en practica reducidas a cinco, en atencion a los repetidos terremotos q[u]e  se experimentaban,  y  a la  conocida  debilidad  del terreno.

 

9.                 En 1580, siendo Virrey el s[eñ]or D[o]n  Marcos Enrriq[ue]z  sobrevino  la quinta  inundación,  y de sus resultas  se hicieron  varias obras, reducidas a fortificar {tachado la palabra el} albarradas, levantar calzadas y desarenar rios. Tratose de desague general  por Nochintongo  y  Huehuetoca  a salir  del rio de Tula, que parece ser el q[u]e  se eligió  después.

 

10.             Sucedió la  sex-

 

{f.2v}

 

ta inundación  por el año de 1601,  mandando este Reyno  el s[eñ]or  Marquez de Montesclaros,  por la qual  se repararon albarradas,  se hicieron calzadas de San Cristoval,  Mexicalzingo,  y Guadalupe, se levantaron  y empedraron  las calles, se encarcelaron  las aguas  de los rios Ganetirum y Morales, se pusieron compuertas en partes convenientes,  y se practicaron  diligencias  de desague general  por el pueblo de Tequisquiac q[u]e  no tuvo  efecto.

 

11.            La septima  inundación  fué por el año de 1607, governando  el s[eñ]or Don Luis de Velasco Marques de Salinas hijo del mencionado  s[eñ]or  segundo Virrey,  procuraron desaguar con maquinas los conventos y casas principales, que no pudo conseguir  por razon del terreno  dispuesto a la trasminación  del agua,  y como la experiencia  tenia  bien acreditado,  que todos los reparos  y remedios hechos  hasta aquel tiempo  havían sido presentancos  y de poco,  o ningun efecto  para preservar esta ciudad  de inundaciones inminentes  peligros  en lo venidero, se trato como unico  memedio de desague general,  y de cinco  que se propusieron  por varios arquitectos, se eligió por menos dificil el de Enrico Martínez Cosmografo de S[u] M[agestad]  por el sitio nombrado Nochistongo  y pueblo de Huehuetoca a salir el río de Tula que se comunica con la mar del norte,  disponiendose  que de las 15, 800  varas que tenia de longitud para venir a sacar  las aguas  de la laguna  de Zumpango, Rio  Huautitlan,  y avenidas de Pachuca  fuesen  las 7, 000 a tajo abierto,  y las demas por socabon,  cuyo costo

 

{f.3r}                                                                                                          3 

 

reguló  el citado Martínez  Ynventor  y Maestro  Mayor de esta obra en 600 mil p[eso]s.

 

12.            Acordado este desague en junta general que tubo el referido Ex[celentísi]mo  S[eñ]or  Virrey  Marques de Salinas, con la r[ea]l audiencia Visitador General D[o]n Diego  de Landeras  y Velasco  y demas  tribunales,  salieron  todos de esta ciudad  en 28, de noviembre de 1607, y haviendo llegado a Nechistongo, y dichose misa a las onze y media en un jacal  o chosa,  que a este fin estaba allí  hecho,  se comenzó la obra del desague,  siendo  su Ex[celenci]a  el primero que con una azada  rompió la tierra  para animar  al trabajo los 1, 500 yndios que estaban prevenidos  en aquel sitio, y por que en esta ocupacion  consideraron  havian de enfermar muchos se hizo un hospital en el pueblo de Huehuetoca,  con el /surtimiento  necesario/ de medicinas.

 

13.            Para el mayor acierto en la direccion de esta obra,  escribió S[u]. M[agestad]. a su Embajador  en Francia, para que solicitara  un buen yngeniero  que quisiera  entender  en ella,  y con efecto  vino  de tal D[o]n  Adrian Boot  por el año de 1614,  con el sueldo anual  de  1, 200  ducados,  en virtud  de r[ea]l cedula  de 1°  de junio  de 1613, el q[u]e  en el de 1640,  aun tenían  el mismo  salario  y ocupacion.

 

14.            Por r[ea]l cedula de 23, de abril de 1616, aprobo S[u]  M[agestad]  el desague por Huehuetoca,  y mandó  que la sisa  impuesta  en el vino que se vendia  en Mexico para gastos  de esa obra,  cese  luego  que se perfeccione, y que su procedido  no se  invierta  en otros usos.

 

15.            Por octubre de 1620, acordó la ciudad se hiciera vista de ojos  en la obra del desague, con el fin de alzar  las pensiones  impuestas  para el ella en el caso  de que se  considerasen inutiles  las grandes  sumas que se estaban erogando.

 

16.            El  s[eñ]or  Marques de Gelbes,  en vista de que discorda-

 

{f.3v.}

 

ban los dictamenes  dados por  los maestros cerca de la altura de cada parage,  para certificarse  en este punto mandó por su auto  de 29, de abril de 1623, cesar la obra del desague,  y que se despidieren  los dependientes, y trabajadores de ella hasta segunda orden,  previniendo asi mismo  que para experimentar el crecimiento que haria la laguna de San Lazaro, se clabaren en ella estacas, y  se  abrieran  las compuertas  de la de Zumpango,  para que  entrasen libremente las aguas  de Huautillan  y Tepozotlan  que salian  para el desague  de Hue[hue]toca.

 

17.            En este estado a 15, de enero de 1624, sucedió el alboroto popular,  en que los amotinados  quemaron la carcel  y tubo  la r[ea]l audiencia avocado el govierno hasta octubre de d[ic]ho año  que llegó el s[eñ]or  Marques de Cerralbo sucesor del referido  s[eñ]or  Virrey  Marques de Gelbes, y para su pacificacion se levantaron  tres compañías  de a cien hombres cada una,  cuyo gasto  (que importó en la temporada 89,853 pesos, 4 tomines, 2 granos)  aunque fué  consignado  en las rentas  del desague  no se incluye  en el extracto  adjunto  por no serlo de la obra: y con igual fundamento  se han excluido  también  9, 985, 7 r[eale]s  erogados el año de 1637,  por orden del Ex[celentísi]mo  S[eñ]or]  Marq[ue]s de Cadereita  en buscar el  tezoro del Emperador Moctezuma en la laguna de San Lazaro; y asi mismo las cantidades impendidas  en redificios  del palacio de Mexico,  y de el de Chapultepeq,  y otras semejantes.

 

18.            A representación de la ciudad,  informó  Enrico Martínez,  a fines del año de 1627,  que la obra del desa-

 

{f.4r}                                                                                                          4

 

gue no corria  desde 1623,  y que  el crecimiento  de las aguas  iba en aumento,  y preparando  una ruina  memorable,  en cuya vista  mandó el S[eñ]or  Marques  de Cerralbo q[u]e  pasadas  las lluvias  del año de 1628 se continuase  la dirección  del mismo Maestro Enrico  Martínez,  quien en quatro meses la puso en el estado que antes tenia,  haviendose hecho  entonces  la presa de Pachuca.

 

 

19.            En el de 1629,  governando  el Ex[celentísi]mo  S[eñ]or  Marques  de Cerralvo,  padeció  Mexico  la octava  y ultima  inundación,  q[u]e  ha sido la mayor  q[u]e  se ha visto,  pues como a la multitud de aguas  q[u]e  havian entrado  en la laguna  de San Lazaro, siguieron crecidas lluvias, fué tan grande y fuerte el golpe de ellas q[u]e vino sobre esta ciudad, q[u]e rompiendo  cuantas  albarradas, calzadas  y presas  se havian  hecho  en su defensa,  arruinó muchos edificios,  con  perjuicio  notable de sus  havitantes,  asi de vidas como de haziendas, de suerte q[u]e  llegó a tener el agua,  por donde menos  la altura  de dos varas,  y  para  el comercio necesario, en virtud de auto de junta celebrada  a primero  de noviembre del referido año de 1629,  se hicieron a costa de los dueños de casas en las calles principales,  calzadillas de una vara de ancho,  y una cuarta de mas alto q[u]e  el peso del agua,  poniendo puentes  de madera  en los pasos publicos de cada tres quadras una con tablas y biguetas  postizas  por el medio,  para que se pudieran levantar con  facilidad,  quando  pasaran  barcos,  o canoas con volumen.

 

20.            En el año de

 

{f.4v.}

 

1681, por r[ea]l cedula de 19, de mayo, se mandó  tratar de mudar esta ciudad  en los llanos q[u]e están  entre Tacuba  y Tacubaya,  lo cual  se havia  intentado antes con menos motivo,  y q[u]e  el Virrey  impidiese desde luego la continuac[ió]n de fábricas de casas en Tacuba,  Tacubaya,  Cuyoacan,  y  San Agustín de las Cuevas.

 

21.            Resistió esta  mudanza la ciudad, representando q[u]e sus edificios valdrían más de 50 millones de pesos, q[u]e el comercio estaba mui atrasado; pobres los dueños de fincas, y el r[ea]l erario  sin fuerzas para  costear  lo q[u]e  le correspondía,  pues  havia  q[u]e  mudar,  demas de la población de los particulares,  15, conventos  de monjas,  7,  de religiosos,  8, hospitales,  6, colegios, catedral, 2, parroquias, casas  r[eale]s  y arzobispales,  las  del s[an]to  oficio,  ciudad,  r[ea]l universidad,  y carceles,  para cuyas  obras se necesitaba  gran cantidad  de pesos q[u]e  no havia, siendo la mayor dificultad,  segun  el lamentable estado  en q[u]e se hallaba  el sostener  /las/ religiosas, religiosos,  colegios, capellanes, y demás  q[u]e vivian  del producto  de las fincas, lo cual supuesto  era menor  inconveniente  gastar  quatro millones de pesos en acabar perfectamente la obra  del desague  de Huehuetoca atajo abierto, q[u]e es la cantidad en que el Maestro Enrico  Martínez  se obligaba a hacerlo.

 

22.            Tratose el punto  en junta, y se resolvió continuar la obra  del desague, perfeccionando  los socabones  por no  permitir  las circunstancias el gasto  excesivo  del  general  tajo abierto,  a cuyo fin  se entregaron a Enrico

 

{f.5r}                                                                                                        5

 

Martínez 200, 000 p[eso]s que se havian recogido prestados, sin embargo de q[u]e  poco antes se inbento un arbitrio q[u]e produjo  100, 000 p[eso]s.

 

23.            Duró  el agua en consumirse cerca de quatro años,  trabajando en ellos d[ic]ha  obra,  por haver permitido la misericordia divina fuesen de cortas llubias,  haviendose gastado  desde su principio  hasta fin del año de 1635, mas de tres millones de p[eso]s.  Hasta aqui las inundaciones, y sigue la consecuencia hallada  de las situaciones q[u]e  han sufrido el gasto antes de la erección  del desague  de Huehuetoca,  y  a su continuacion se hará  de lo erogado  hasta [a]hora  en d[ic]ho desague, describiendo la[s] rentas  y contribuciones  impuestas  para esta obra.

 

24.            Por r[ea]l cedula f[ec]ha en Madrid a 2, de mayo de 1536, a representacion de la ciudad, en q[ue]  dijo q[ue]  para acabar  de traer el agua /encañada/,  convenía  se hechase  una sisa  en las carnise[rías]  /que/ se pesaban  en las carnicerias,  de mandó  se pusiera en execución  como pareciera al Virrey.

 

25.            Tubo  efecto d[ic]ha  sisa  en las carnes,  y se cobro  hasta 26 de abril de 1571, a representacion de la ciudad {dos renglones rayados} se alzó  este cobro  mandando  la r[ea]l aud[ienci]a  se impusiese  la sisa  en el vino, a cuyo  fin se  diese cuenta  al Virrey,  quien  expidió  el auto siguiente.

 

26.            En la ciudad de Mexico a 11 días del mes de diciembre  de 1571,  el Mui Excelente  S[eñ]or  Virrey de esta N[ueva] E[spaña]  Haviendo visto la petición y auto de suso contenida: dixo: que mandaba y  mandó, q[u]e  del precio del vino q[ue] se vendiese p[o]r menudo en esta ciudad,  de cada  17, blancas se lleve  una de sisa,  la qual  sisa  se quite de las medidas con q[u]e se huviere de medir el d[ic]ho vino  por menudo,  según dicho es,  y en la

 

 

{f.5v}

 

cobranza de ello se guarde la orden q[u]e para ello S[u] Ex[celenci]a dá,  entendiendose q[u]e el regatón  q[u]e  vendiere pipa  por junto,  ha de pagar  la sisa de ella  por d[ic]ha  orden,  y q[u]e  los mercaderes  de Castilla  no han de pagar de las pipas, sino de lo q[u]e  vendieren  por menudo-  D[o]n Martin Enrique- Por ante mí: Juan de /Cueva/

 

27.            Antes de la erección del desague de Mexico por Huehuetoca,  se costeaban las Albarradas, Calzadas, Presas, y otras  semejantes  obras preservativas,  y reparativas  de inundaciones de la sisa del vino, que era a cargo  del corregidor  de esta ciudad,  y otras personas, como también de repartimientos q[u]e se hallan, y aunq[u]e los oficiales r[eale]s de esta corte havian tomado prestados de la caxa de d[ic]ha sisa para fines del r[ea]l  servicio  151, 000  p[eso]s  tenía pagados la r[ea]l hac[ien]da de cuenta de esta suma 100,000  p[eso]s  en fin de agosto  de 1604,  y de los 51,000 p[eso]s  restantes satisfizo 31, 071 p[eso]s antes q[u]e  se comenzara la obra del desague  referido, quedando la deuda  reducida a  19, 928 p[eso]s de que se despachó libranza  el año de 1608,  a favor de la caxa  de la sisa del vino,  bien q[u]e  esta partida  volvió  a entrar  en la r[ea]l  hac[ien]da  por cuenta de lo q[u]e d[ic]ha renta debió pagar a los yndios que trabajaron en las calzadas,  albarradas,  y otros reparos  del daño universal q[u]e  esta ciudad  padeció en las inundaciones anteriores a la obra  del desague: de suerte q[u]e  la libranza referida se despachó con total independencia de las rentas del desague de  Huehuetoca  por haberse destinado el procedido  de d[ic]ha  sisa a las obras solam[en]te  del agua, y cañerías  de esta ciudad,  luego q[u]e  se comenzó  la del desague, como  dichas calzadas  y reparos no sufren dilación, los ha costeado la r[ea]l hacienda,  siempre q[u]e la caxa de la sisa no ha tenido fondos, con calidad de reintegro,  en conformidad  de cartas del

 

{f.6r.}                                                                                                                  6

 

Rey,  y mandam[ien]to  de sus Virreyes.  Asi sucedió en las obras  de calzadas,  albarradas  y otras hechas  para reparar el daño q[u]e hizo  la inundac[ió]n del año de 1604, q[u]e de r[ea]l hacienda se pagaron 80,000 p[eso]s  a los yndios q[u]e trabajaron  en ellas,  aunq[u]e  de esta cantidad  solo reintegro  la sisa 40,000 p[eso]s pues los otros 40,000 los satisfizo la ciudad de sus propios, conforme al repartim[ien]to  q[u]e  se le hizo  el año de 1615,  a razon  de 4, 000 p[eso]s  cada  año de los 10 q[ue] se señalaron.

 

28.            Queda bien  calificado,  q[u]e cuando  empezó  la obra  del desague  de Huehuetoca,  no huvo fondo q[u]e  por  sobrante  de las situaciones,  q[u]e  anteriorm[en]te  sufrian  semejantes  gastos  se debiera  aplicar  al  fomento de ella,  por haberse  considerado  las del desague  independientes,  y de ninguna  conexion  con las otras,  y por lo mismo  los 80, 000  p[eso]s q[u]e  a la r[ea]l hac[ien]da  debía  la sisa del vino  los pagaron por mitad  como  queda d[ic]ho  los propios de la ciudad  y la sisa,  la cual siguió  despues  destinada  solamente a las obras  de agua,  y cañerias,  cobrandose  actualm[en]te  en razon  de esta sisa  3 p[eso]s  1 r[ea]l  por cada 100  botellas.

 

29.            En atención  pues a q[u]e no huvo  fondo de q[u]e  hacer los primeros  gastos del desague  de Huehuetoca,  y a q[u]e  las pensiones de carnicerias, y medio r[ea]l  en el vino q[u]e se impusieron  para esta obra,  aun no havían  rendido  cantidad  alguna,  se arvitró  echar  un repartim[ien]to  de tomin  y medio por ciento  sobre las posesiones,  mercaderías y otros bienes  muebles de los vecinos de todos estados  de esta ciudad, q[u]e  abaluados  en 20, 267, 555 p[esos] produjeron  304, 013 p[esos], 2 [tomines], 7 [granos], en que se  incluyen 9, 375 p[eso]s  que tocaron  pagar  a S[u] M[agestad]  por el principal de 625 mil en q[u]e se havian tasado las casas de moneda,  y carcel de corte-

 

{f.6v.}

 

De la renta del vino cobrada en Mexico para el desague.

 

30.            Para la obra del desague de Huehuetoca, q[u]e como queda dicho tuvo principio en 28, de noviembre de 1602,  se estableció  la cobranza de medio r[ea]l  de plata en cada cuartillo de vino q[u]e  se vendía  en esta ciudad, la cual se moderó el año de 1612,  en conformidad  de r[ea]l cedula  de 6, de junio  del mismo,  reduciendolo  a una cuartilla de real de plata,  y por q[u]e a consequencia  de otra r[ea]l cedula  de 17, de abril  de 1637, se amplió la jurisdic[ció]n de Mexico a cinco leguas en contorno,  comprendió  despues  por largo tiempo la misma extension  en cobro del citado derecho.

 

31.            Los productos de esta renta corrieron por la factoria particular  con total independencia del erario, de suerte que aun en los primeros  años en q[u]e  la caxa  del desague  estaba a cargo de los oficiales r[eale]s de Mexico  llebavan éstos cuenta separada  de d[ic]ha renta, la q[u]e presentaban al superior govierno,  como administradores de ella, y por lo mismo  en las cuentas  de r[ea]l hazienda, no se halla otro cargo, ni data perteneciente a este ramo, q[u]e los q[u]e  procedían de suplementos,  o reintegros de r[ea]l hacienda.

 

32.            Asi corrió  la expresada renta del vino, ya en  administrac[ió]n  ya en arrendam[ien]to  a cargo de  diferentes factores particulares  hasta 25, de junio  de 1670, en q[u]e conforme a revolución de junta de r[ea]l  hazienda  se encargó  a los oficiales r[eale]s de Mexico  la administración  y cobranza de este  d[e]r[ech]o con la de  penciones  de carnicerias,  y q[u]e  interin  se remataba  por asiento,  nombraren de su cu-

 

{f.7r}                                                                                                         7

 

enta  y riesgo  persona q[u]e lo administrase (y desde entonces parece  se restringió  el territorio  a solo esta ciudad)  en cuya atenc[ió]n  por r[ea]l almoneda  de 10, de octubre del mismo año  se remató  en D[o]n  Juan Caballero y Vargas  por 6,200 p[eso]s anuales, habiendo corrido  este remate hasta 7, de febrero de 1672, en cuyo tiempo, y en el anterior,  desde  la revolución  de la junta  produxo  la renta  de la quartilla del vino q[u]e  se gastaba  en Mexico 1,710 p[eso]s.

 

33.            En 8, de febrero de 1672, nombraron de su cuenta los oficiales r[eale]s por administrador de esta renta  a D[o]n  Lucas  de Soria  y hasta  fin del año  del 1676,  enteró  este 12,000 y más p[eso]s  por d[ich]o  tiempo.

34.            Después inmediatam[en]te entró administrando la expresada  renta  por comisión  de los oficiales r[eale]s el cap[ita]n  D[o]n  Esteban  García Bravo, y duró  esta administrac[ió]n  hasta 24 de diciembre de 1690,  haviendo producido 32, 447 p[eso]s, 4 g[tomines], 8 [granos].

 

35.            Desde 25, de diciembre de 1690, estubo  la renta referida en arrendam[ien]to  a cargo de D[o]n Alonso de Asinas  Duque de Estrada  hasta 24, de igual mes  de 1726,  en cantidad  de 2, 100 p[eso]s  los diez y ocho  años primeros, y los  diez y ocho  actuantes al respecto  de 2,150 habiendo importado todo el tiempo de este asentista 76, 500 p[eso]s.

 

36.            Pusose en administrac[ió]n a cargo de D[o]n  Francisco de Ozaeta  y Oro  Contador  Oficial R[ea]l  de estas caxas en 25, de diciembre de 1726, y hasta 19, de enero de 1731, en q[u]e  falleció,  produjo  15, 988  pesos, 6 t[omines], 7 [granos].

 

37.            Desde 20 de enero  de 1731, hasta 22, de igual mes  de 1732,   se  manifestaban los barriles de vino  de Castilla  y de Parras  en la r[ea]l aduana, cuyos d[e]r[ech]os a razon de 5 p[eso]s  cada barril de 4 ½  {arrobas}  se satisfacian  inmediatam[en]te a los oficiales r[eale]s e importaron 17, 335 p[eso]s, 4 [tomines] 6 [granos].

 

38.            Los 26 años siguientes cumplidos  en 24 de enero

                

 

 {f.7v.} 

 

de 1758 fué asentista D[o]n Miguel de Gambarte, quien enteró  296,000  p[eso]s  a razón de 11,000 p[eso]s en los diez y seis años  primeros,  y de 12, 000  los diez restantes.

 

39.            Despues corrió en administrac[ió]n a cargo del Contador  Principal de la R[ea]l Aduana de esta Corte D[o]n Mateo  Arzipeste,  y produxo  desde 25 de enero  de 1758,  hasta 1°  de marzo de 1761,  20,087.00 p[eso]s,  6 [tomines], 8 [granos],

 

40.            En D[o]n Antonio Cristoval de Salamanca se remato el asiento  de d[ich]a quartilla de vino por diez  años  q[u]e  corrieron  desde 2, de marzo  de 1761  hasta  1°  de otro  tal mes  de 1771, en 14, 410  p[eso]s  anuales,  haviendo  enterado  por esta ocacion  144, 100 p[eso]s.

 

41.            Desde 2 de marzo de 1771,  hasta  12, de julio de 1772 corrió  d[ich]a  renta  en administración  a cargo de D[o]n  Nicolas  de Corcuera,  Contador  Pncipal  de la misma R[eal] Aduana  en cuyo tiempo  se enteraron  29,  376 p[eso]s,  1 [tomin], 11 [granos].

 

42.            En 13 de jlio de 1772,  declaró el Ex[celentísi]mo  Señor  Bailio D[o]n  Antonio  María Bucareli q[u]e el Contador  Pincipal  y Tezorero  de d[ic]ha R[ea]l  Aduana  debían administrar  esta renta  por cuenta  de S[u] M[agestad]  en los mismo terminos  q[u]e  la de acabalas,  y  desde d[ic]ho  dia  hasta fin del año de 1777,  metieron  en la r[ea]l caxa 57, 956 [pesos], 4 [tomines], 11 [granos]. q[u]e  havian recaudado  liquidos  de la renta  de la quartilla  del vino de Castilla y de Parras q[u]e  se vende en esta  ciudad a razon 5 p[eso]s por cada barril de a 4 ½ {arrobas} q[u]e  contiene 164 c[uarti]llos.

 

43.            De suerte q[u]e en los 107 años y meses  que se cuentan  desde el referido  día  21, de junio  de 1670, en q[u]e los oficiales r[eale]s  empezaron  a administrar  estos caudales  hasta fin  de Diciembre  de 1777,  produjo  la renta de la cuartilla

 

{f.8r}                                                                                                          8

 

de vino  712, 122 p[eso]s 5[tomines] 1[grano]  líquidos  a favor de la obra del desague,  fuera de lo que havia  rendido  en los 63 años  anteriores  que corrió a cargo de particulares,  y en  este tiempo  fueron  mayores  los productos,  no solo en los cinco primeros años  en q[u]e se cobraba  medio r[ea]l  de plata, sino despues de la moderacion  a la mitad,  pues  un arrendam[ien]to q[u]e  he hallado   de esta renta  por los años de 1618,  y 1619,  en D[o]n  Alvaro Calderon,  fué  al respecto de 5,700 p[eso]s  en cada uno, y de  aqui  viene  la mayor  diferencia q[u]e se advierte  en los productos  de los tres  primeros  Ddcenios, como q[u]e a d[ic]ha  razon asciende sola esta renta  en diez años,  a más de 500,000 p[eso]s.

 

De la renta de crnicerías impuesta  para el dsague.

 

44.              Al principio de la obra de dsague de Huehuetoca se pensionaron  para ella las carnicerias de esta ciudad,  y despues  tambien las de 24, leguas en contorno  las quales  se remataban  con divicion de partidos, y u procedido entraba  en poder de los fctores encargados, en cuya forma corrió hasta 14, de dciembre  de 1669,  en q[u]e  cesó el ultimo q[u]e  lo fué el Cap[itá]n  D[o]n  Francisco  de Cordova  Villafranca , Contador de Cuentas de este r[ea]l tribunal, q[uie]n por resolución de junta de hacienda metió en Rreale]s caxas en varias partidas19,256 p[eso]s 4[tomines], 11[granos] resto de lo q[u]e havia recaudado hasta  25 de junio de 1670  en q[u]e  por otra junta de la misma  fecha  se determinó q[u]e los oficiales r[eale]s corriesen con este cobro,  y desde entonces hasta fin del año de 1777, importó la expresada renta 606, 269 p[eso]s, 3 [tomines], 9 [granos] inclusas algunas resultas  enteradas  en la r[ea]l caxa  por los factores del desague,  y

 

{f.8v}

 

         otras Personas.

45.            Dixe que hasta 14. de diciembre de 1669 corrió por factoría particular  la expresada renta de carnicerias, y es así, sin  embargo, de q[u]e  desde  16 de enero de 1653,  hasta  23 de junio de el  estubo a cargo  de los oficiales r[eale]s  de Mexico,  porque entregaron  su procedido  de orden sup[eri]or al factor  del desague  D[o]n  Francisco  Cordova  Villafranca,  para q[u]e se reintegrara del dinero q[u]e havia suplido  a la obra,  y  porque  representaron  estar mui  recargados sus oficios no con tanto  fundamento  por ser menos las rentas que  administraban  el año de 1579, consiguieron en el d[ic]hos oficiales reale]s se separaron  de su cargo  las de azogues,  tributos,  y servicios  r[eale]s  con q[u]e  havian  corrido  desde su establecim[ien]to.

 

 

    De la renta de vino cobrada  en Veracruz  para el desague

 

46.            En la junta de hacienda,  celebrada a 26, de diciembre de 1629,  con motivo  entre otras cosas,  de los grandes gastos q[u]e  se necesitaba  hacer  para reparar  la ruina q[u]e  havia ocasionado  la inundación  general q[u]e  poco antes  vino  sobre Mexico,  se determinó por el Ex[celentísi]mo  S[eñ]or  Virrey  Marques de Cerralbo  y demás asistentes de ella, q[u]e  la quartilla de  real de plata, q[u]e al principio del desague de Huehuetoca,  comenzó  a pagar  cada quartillo de vino en esta ciudad, se volviese a exigir por tiempo de quatro flotas primeras  siguientes,  aplicada por mitad al desague de Mexico y fortificación de Veracruz,  haciendose  allí  esta recaudacion  al respecto  de 25 p[eso]s q[u]e correspondía.

 

{f.9r.}                                                                                                                9

 

Extracto general de valores  y gastos  que han tenido las rentas,  y repartimientos impuestos para la obra del desague real de Huehuetoca  en los 17 decenios  y dias ocurridos  desde 28,  de noviembre  de 1607,  en que se principió  la citada  obra,  governando  la Nueva España  el  Ex[celentísi]mo S[eñ]or  Marques de Salinas,  hasta 31, de diciembre  de 1777,  demostrandose  por el cotejo  de sumas  el actual  ventajoso  estado  de dichas rentas, sin embargo  de los suplementos continuos  que les  ha hecho la caxa r[ea]l.  Real  Hacienda de Mexico.

 

DECENIOS

Valores de las rentas del desagüe.

Gastos de la obra del desagüe.

De 1607 a 1617

    921, 989,  7.5.

    891, 280, 6.4.

De 1618 a 1627

    628, 218, 4.6.

    573, 602, 5.7.

De 1628 a 1637

1, 119, 312, 4.6.

1, 504, 931, 6.8.

De 1638 a 1647

    534, 180, 0.8.

    338, 857, 5.8.

De 1648 a 1657 

    253, 913, 2.1.

    266, 865, 1.2.

De 1658 a 1667

    201, 230, 2.1.

    230, 590, 2.6.

De 1668 a 1677

    111, 039, 1.9.

    220, 996, 1.0.

De 1678 a 1687

    109, 627, 1.2.

      46, 734, 1.5.

De 1688 a 1697

     101, 951, 7.2.

      156, 123, 5.7.

De 1698 a 1707

     102, 259, 7.1.

        74, 035, 6.2.

De 1708 a 1717 

     108, 472, 4.11.

        90, 832, 4.4.

De 1718 a 1727

     111, 314, 6.4.

        39, 295, 6.4.

De 1728 a 1737

     197, 533, 7.10.

        34, 768, 3.8.

De 1738 a 1747

     217, 308, 4.1.

      105, 147, 0.9.

De 1748 a 1757

     275, 026, 7.6.        

      119, 480. 2.4.

De 1758 a 1767

     273, 441, 1.3.

      139, 789, 7.9.

De 1768 a 1777

     383, 268, 6.6.

      566, 937, 0.1.

                          SUMAS

 5, 729, 089, 6.2.

  5, 399, 869, 3.4.

  

 

 

Cotejo de Sumas

Valores de las rentas

 5, 723, 089, 6.2.

Gastos de la obra

 /5, 329, 869, 2.4./

Caudal sobrante

      329, 220,2.10

Débito al consulado de Mex[i]co

      275, 000, 0.0.

Fondo bueno del ramo del desagüe

        54, 220, 2.10.

 

 

          

Ascienden  los Valores que han producido las rentas y repartimientos impuestos  para la obra del r[ea]l desague de las lagunas  del contorno  de esta ciudad  de Mexico  por el sitio nombrado Nechistongo,  y pueblo  de Huehuetoca

 

{f.9v.}

 

desde  28, de noviembre de 1607, que tubo principio,  siendo  Virrey  el Ex[elentísi]mo  S[eñ]or D[o]n Luis de Velasco el II° Marques  de Salinas  hasta 31, de diciembre del año de 1777, en que se cuentan  170, años un mes y tres días a  5, 729, 089 p[esos], 6 [tomines].2 [granos]. que comparados con 5,399, 869 p[esos], 3 [tomines]. 4 [granos].  importe de los gastos consumidos  en ella, quedan  de caudal  sobrante 329, 220 p[esos], 2 [tomines].10 [granos].  de cuya cantidad (que para  en las caxas r[eale]s)  pagandose al consulado de mercaderes de este Reyno 275,000 p[eso]s que se restan para completo de 800,000 p[eso]s porque se obligó  a dar concluida  la obra de tajo  abierto  en el término  de /cinco años/  que cumplió  a 29, de enero  de 1773,  aun resultan 54, 220 p[esos], 2 {tomines].10 [granos].  de fondo libre y bueno a las apuntadas rentas, las quales se individuaran  en la relación adjunta con otras noticias conducentes.

 

Fecho de oficio  y en horas extraordinarias  de audiencia del r[ea]l  tribunal y audiencia de cuentas  de Mexico,  a 19,  de junio  de 1779,=  Juan Ordóñez-

 

 

 

Advertencia

 

Las novedades  que ha tenido este ramo en el año  pasado  de 1778,  y el presente  se adicionan  al fin de la relación, tribunal  y  real audiencia de cuentas de Mexico 19, de diciembre de 1779. = Ordoñez-

 

 

 

 

{FIN DEL DOCUMENTO}

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 
Facsimilar Presentación